Nueva guía práctica para pymes con las novedades e imprescindibles del Impuesto de Sociedades

Una novedad importante es el cambio en los tipos impositivos, del 15% para grandes empresas y del 10% para entidades de nueva creación. La guía de Nomo ofrece las claves sobre cómo declarar las criptomonedas y cómo tributan en el Impuesto de Sociedades.

Publicado el 29 Jun 2022

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La plataforma Nomo, que integra los servicios financieros y herramientas de gestión de negocio de pymes, autónomos y freelancers, ha lanzado la guía práctica “Impuesto sobre Sociedades 2022: novedades e imprescindibles para pymes”. La guía presenta los principales cambios en los tipos impositivos del Impuesto de Sociedades y pone el foco en la declaración de criptomonedas. También explica cómo se calcula y cómo presentar el impuesto y recuerda que la mayoría de pymes deben presentarlo entre el 1 y el 25 de julio.

Novedades del Impuesto sobre Sociedades 2021-2022

La declaración del Impuesto sobre Sociedades en 2022 introduce novedades destacadas a raíz de la nueva Ley de Startups impulsada por el Gobierno:

  • Reducción del tipo impositivo para grandes empresas al 15%. La tributación mínima sobre la base imponible disminuye del 25% al 15% en grandes empresas que facturan un mínimo de 20 millones de euros y en empresas que tributan en régimen de consolidación fiscal, como las cooperativas, al margen de sus ingresos. La medida tiene como objetivo corregir la desigualdad que hay con este tributo entre los países de la UE.
  • Reducción del tipo impositivo para emprendedores al 10%. Se fija un tipo impositivo mínimo 10% (en lugar del 15%) a entidades de nueva creación con el objetivo de incentivar el emprendimiento. El tipo del 10% también aplica a entidades sin fines lucrativos y de mecenazgo.
  • Reducción del tipo impositivo para bancos al 15%. Se establece un tipo impositivo del 15% (en lugar del 18%) para bancos, entidades de crédito y empresas dedicadas a los hidrocarburos.
  • Regla especial para las cooperativas. Las cooperativas no podrán obtener una cuota líquida inferior al resultado de aplicar el 60% a la cuota íntegra.
  • Regla especial para la zona de Canarias. El tipo impositivo del 15% se aplicará sobre la base imponible positiva, sin tener en cuenta la parte que corresponde a operaciones efectuadas en la zona geográfica de las Islas, que tributan al 4% con régimen especial.

Declaración de criptomonedas

En España, cada vez más empresas permiten operar a través de las criptomonedas. La guía de Nomo recoge los factores a tener en cuenta en la declaración de criptomonedas y cómo tributan en el Impuesto de Sociedades:

  • Declaración de los beneficios. Las sociedades que adquieran criptomonedas no deben declararlas, pero sí deben declarar las ganancias generadas por operar con criptomonedas, ya sea por venta o por intercambio.
  • Registro en la contabilidad. Tanto la compra como la venta de criptomonedas deben registrarse en la contabilidad de la sociedad.
  • Tipo impositivo del 25% en el IS. Los beneficios obtenidos en operaciones con criptomonedas tributarán al 25% en el Impuesto de Sociedades, según la diferencia de cuánto costó la criptomoneda en el momento de compra y el beneficio de la venta. Se podrá añadir un 10% de amortización por deterioro de valor.
  • Posibles sanciones. Si no se declaran las criptomonedas se puede aplicar una sanción que puede alcanzar los 5.000 €, en función de la cantidad no declarada.

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Redacción TICPymes

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