Los nuevos modelos de declaración 340 y 347 exigen actualizar los sistemas informáticos

Datisa alerta a las pymes de estos cambios y ofrece funcionalidades adaptadas a la nueva normativa.

Publicado el 13 Dic 2011

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DATISA quierealertar a las pymes acerca de los últimos cambios introducidos en los modelos de declaración 340 y 347, que entran en vigor en la tributación para el período de 1 de enero al 31 de diciembre del año 2011. También destaca la necesaria actualización de los sistemas informáticos utilizados que, para sus clientes, estará disponible en la próxima versión de las soluciones contables del proveedor, que verá la luz a principios de febrero.
Sorpresas de última hora y modificaciones que exigen la adaptación El pasado 27 de noviembre, entró en vigor el Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre que, entre otros, recoge las modificaciones introducidas en los modelos 347 y 340, para las declaraciones referentes al período impositivo del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2011. Se trata de unos cambios que hacen necesaria la adaptación de todos aquellos programas informáticos que abarcan la tributación, a los que hay que añadir además las modificaciones introducidas con la Orden EHA/3378/2011 referente a la modificación del plazo de presentación de la declaración anual de operaciones con terceros. En primer lugar, con este último cambio, la presentación del modelo 347 finalmente se adelanta a febrero, tal y como se esperaba. A pesar de ello, la Orden EHA/3378/2011 de 12 de diciembre estipula que, de forma transitoria, el modelo 347 correspondiente a 2011 se tendrá que presentar de nuevo durante el mes de marzo de 2012. Se trata de una excepción que ha supuesto un alivio para todas aquellas compañías con procesos contables poco automatizados, a las cuales la necesidad de adelantar con un mes la elaboración del modelo 347 les habría supuesto un sobresfuerzo. Otra de las novedades en el modelo 347 ha sido el que, a pesar de mantenerse el formato de una única declaración anual, en la misma la información sobre las operaciones realizadas para el período 2011 deberá presentarse desglosada por trimestres. “Algunos han interpretado erróneamente este cambio como la necesidad de preparar declaraciones trimestrales. Para evitar la confusión, nos referiremos a este cambio como un ‘desglose trimestral’ que, eso sí, incrementará por cuatro el esfuerzo de tributación en las empresas poco informatizadas, aumentando sus costes administrativos y el peligro de error”, comenta Ignacio Pomar, Director General de DATISA. El portavoz de la firma asegura que, para todas aquellas compañías con su contabilidad y sistemas informáticos al día, la declaración podrá cumplimentarse con un solo click del ratón. Dicho desglose trimestral debe recoger tanto las operaciones como el importe percibido por transmisiones de inmuebles sujetas a IVA. Un cambio que simplifica la tributación Otro cambio en el modelo 347 es el criterio de imputación temporal. Hasta la fecha, la incorporación de una operación al modelo 347 se debía realizar según la fecha de factura, independientemente de si la misma se recibía con retraso. La nueva normativa cambia este criterio por el orden de inscripción de las facturas en el registro de imputaciones del IVA. “Aunque varios proveedores dotamos ya hace años nuestros programas de capacidades específicas para facilitar la incorporación de facturas atrasadas, la mayoría de programas de gestión en el mercado se seguían guiando por la fecha de factura y la incorporación de los documentos recibidos con retraso suponía un problema en el proceso de tributación”, comenta Ignacio Pomar. “Los últimos cambios del 347, legalizan una situación de hecho y son positivas, a pesar de la necesidad de adaptación para los programas más avanzados, porque al final se ha simplificado el procedimiento para la mayoría de las compañías”. En cuanto al modelo 340, el cambio principal de este año consiste en el nuevo aplazamiento, esta vez hasta el año 2014, de su entrada en vigor como una norma obligatoria para todas las empresas y no sólo para las inscritas en el REDEME (Registro de Devolución Mensual). “Este nuevo aplazamiento no ha sorprendido a nadie. Eso sí, esperemos que sea el último, ya que a pesar de los inconvenientes para las compañías poco informatizadas, la aplicación del modelo 340 de manera generalizada significará un gran paso adelante en la modernización y para la transparencia en el mercado”, afirma Pomar. “Las iniciativas para la prevención del fraude y para la simplificación de los procesos de tributación, como las introducidas con los últimos cambios en los modelos 340 y 347, llevan implícita la automatización de los procesos contables en todas las organizaciones”. Las pymes españolas deben dejar de ver a la innovación TI como a un ‘enemigo’ y empezar a percibirla como lo que es: una oportunidad para la mejora de su competitividad y costes administrativos, que les ayudará a ocupar el lugar que les corresponde, no sólo en el mercado nacional y europeo, sino también en los mercados internacionales.

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Redacción TICPymes

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