El Plan de Pagos a Proveedores aprobado por el Gobierno que beneficiará, según datos del Ministerio de Hacienda, a más de 177.000 proveedores, ha sacado a la luz 1.931.976 facturas valoradas en 9.548 millones de euros, lo que supone un desahogo para muchos autónomos. Concretamente, y hasta el 15 de marzo, son 50.259 los autónomos cuyas facturas han sido registradas y presentadas por las Entidades Locales al Ministerio de Economía.
Pero el Servicio de Asesoramiento de Pago a Proveedores, puesto en marcha por UPTA España a través del número de teléfono 902.011.789, ha detectado numerosas dudas, “no solamente de los posibles beneficiarios de la medida sino también de las propias Entidades Locales, que han llamado a este servicio para preguntar ciertas dudas”, comentan desde la organización.
Dudas concretas de casos reales
En primer lugar, se teme que no estén todas las facturas existentes inscritas en el registro que los Ayuntamientos presentaron el pasado día 15,
</em>
Por otra parte,&nbsp;<strong>la posibilidad de que el titular de la factura haya desaparecido del mercado</strong>, bien por concurso de acreedores, bien por disolución de la sociedad,<em> “por lo que los acreedores de este titular no podrían cobrar sus derechos y tampoco reclamárselos al Ayuntamiento al no estar contemplada esta situación en el Real Decreto Ley”.
</em>Quedan pendientes de solución algunos temas que preocupan a los autónomos afectados por las deudas de las EELL como la <strong>pérdida de los interés de demora</strong>, incluyendo los reconocidos en sentencia judicial firme, tal y como aclara el Área Jurídica de UPTA España, o <strong>qué va a ocurrir con las EELL del País Vasco y Navarra</strong>, que por tener un sistema fiscal propio no están incluidas en el Plan.
Otro aspecto a destacar lo presentan aquellos autónomos que, tras esperar un largo plazo a cobrar sus facturas,<strong> han solicitado su devolución de IVA y o bien están esperando resolución o bien la han cobrado ya</strong>,<em> “por lo que deberían devolver el importe de IVA que cobren nuevamente. Mas grave resultará en el caso de que la factura adeudada todavía esté gravada por el anterior tipo impositivo de IVA”.
</em>UPTA España, a través de su SAPP continuará asesorando Autónomos y notificando las dudas que estos nos consulten con el fin de que <strong>se puedan encontrar soluciones a todas ellas.<br />
</strong>