Ayudas destinadas a proporcionar apoyo financiero y mejorar la competitividad de pequeñas y medianas empresas que dispongan de un centro de actividad abierto en la Comunidad de Madrid y realicen inversiones en dicho ámbito territorial, financiadas por entidades de crédito con establecimiento permanente abierto en la Comunidad de Madrid y avaladas por Avalmadrid.
Podrán acceder a las ayudas previstas pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales pertenecientes a cualquier sector económico que desarrollen su actividad económica y realicen inversiones productivas en la Comunidad de Madrid y que no puedan acogerse al resto de las líneas contenidas en el presente Acuerdo.
Se considerarán financiables las inversiones en:
a) Activo fijo material e inmaterial ligado directamente a la producción.
b) Activo circulante vinculado a activo fijo.
Las inversiones a realizar y justificar por los solicitantes deberán alcanzar un importe mínimo de 15.000 euros, IVA excluido. En el caso de instalaciones y/o equipamientos específicos de seguridad y/o TICS, el importe mínimo ascenderá a 6.000 euros, IVA excluido. El importe máximo de las operaciones financieras subvencionables será de 1.000.000 de euros por solicitante, IVA excluido.
La realización de las inversiones objeto de financiación podrá realizarse hasta el 31 de marzo del año siguiente y deberán justificarse ante Avalmadrid antes del 30 de junio de dicho año