¿Es obligatorio el control de horas de trabajo de los empleados?

La reforma del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores obliga a las empresas a registrar cada día la jornada laboral de los diferentes miembros de la plantilla.

Publicado el 12 Abr 2019

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La aprobación del Real Decreto Ley de medidas urgentes para luchar contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo ha generado una gran expectación entre los agentes sociales y sobre todo ha generado cierta controversia. Y es que se ha modificado el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores para obligar a las empresas a registrar cada día la jornada laboral de los diferentes miembros de la plantilla.

Lo cierto es que esta norma sobre el control del horario laboral afecta a empresas y trabajadores debido a que supondrá un esfuerzo extra hacer constar el horario de trabajo tanto en la entrada a la empresa como a la salida. Además, las empresas tienen la obligación legal de conservar estos datos durante un mínimo de cuatro años bajo amenaza de una sanción máxima de 6250 euros.

Es algo aplicable a todos y cada uno de los empleados de la plantilla y no solo a los que tengan una jornada a tiempo parcial. Así que para las empresas ha llegado el momento de plantearse la forma de cumplir con estas modificaciones legales e implantar sistemas de registro horarios que permitan controlar estas variables.

Sistemas de control de acceso: una implantación ineludible

Tal y como indican varios artículos de este blog sobre los sistemas de control de accesos, éstos se pueden llegar a implantar sin demasiada dificultad debido a los avanzados sistemas de control que existen hoy día. Existen sistemas de control muy sencillos que ayudarán a las empresas a cumplir con la normativa.

Además, según numerosos expertos del ámbito empresarial, esta medida podría tener efectos beneficiosos incrementando la productividad de los trabajadores al evitar horas extra continuadas que pueden perjudicar su normal desarrollo en el puesto de trabajo. En cualquier caso también existen voces en contra de esta medida.

Un caso muy destacable es el de las industrias TIC, que afirman que la nueva reforma en materia laboral no es compatible con el teletrabajo, con horarios flexibles en función del cumplimiento de objetivos o con políticas flexibles de conciliación familiar y laboral. Lo cierto es que a pesar de reticencias por parte de la industria TIC la medida es de obligatorio cumplimiento por las empresas, y es que de lo contrario habría que enfrentarse a sanciones de la inspección de trabajo.

Control de horarios mediante tecnologías innovadoras

Muchas empresas que están trabajando por adaptarse a la nueva normativa están descubriendo las diferentes tecnologías existentes para el control horario de los empleados. Algunas de las más innovadoras son el control por huella dactilar, por reconocimiento facial o por otro tipo de controles biométricos.

Son tecnologías fácilmente utilizables que se implantan con rapidez en los centros de trabajo y que los empleados comprenden sin dificultad. A partir de ese momento las empresas tienen que guardar el registro de entrada y de salida para cada empleado y tenerlo siempre disponible ante cualquier requerimiento por parte de las administraciones públicas.

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Redacción TICPymes

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