Qué hacer con los perfiles en redes de una persona que ha fallecido

La plataforma gratuita ‘Thanks for my life’ reflexiona sobre el testamento digital

Publicado el 09 Ago 2019

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Los testamentos o las últimas voluntades suele ser asuntos muy sensibles, pero cuando sucede lo peor, la huella digital comprende los recuerdos finales y más significativos de un ser querido. Cientos, sino miles, de notas virtuales personales en forma de recuerdos y fotografías se publican día a día en todos nuestros perfiles de redes sociales que, en un momento de pérdida, se convierte en un gran consuelo para la familia y los amigos.

Como beneficiarios de un testamento tenemos derechos sobre el patrimonio físico de nuestro ser querido; sin embargo, es complicado reclamar los derechos sobre lo ‘virtual’. “Es devastador que las redes sociales sean una parte tan grande de nuestras vidas y que sea una de las facetas menos controladas a nivel legal, especialmente después de que una persona muere”, explica Estanis Simon, responsable de proyecto de Thanks for my life.

Lo cierto es que las plataformas sociales no saben cómo manejar las muertes de sus usuarios, las cuales miles ocurren todos los días, y es que cada una tiene hay un protocolo diferente. En Facebook se le pide a la primera persona que notifica la muerte de un usuario que proporcione un ‘contacto heredero’ que pueda administrar las publicaciones y las solicitudes de amistad a partir de entonces, cuando la cuenta quede como ‘conmemorativa’. En Twitter, la cuenta se desactiva y permanece el historial de tweets. En Gmail, a través de la configuración se envía un correo electrónico a la persona designada para informarle que la cuenta no se ha utilizado durante un período de tiempo establecido (puede ir desde tres meses hasta los 18 meses).

El lenguaje utilizado por las redes sociales evidencia la confusión que representan estos perfiles. Por lo general, se los conoce como ‘inactivos’ o ‘cuentas heredadas’ después de que un usuario ha fallecido y a veces simplemente se ‘cierran’. Para Google, no ha fallecido, simplemente considera que el usuario ha permanecido lejos del ordenador durante algún tiempo. La única forma de evaluar si alguien está vivo o no es ver si la palabra ‘conmemorativa’ está adjunta a su perfil, como es el caso de Facebook.

La falta de conciencia sobre el protocolo póstumo ha significado que este tributo a la memoria probablemente permanezca intacto por temor a perderlo por completo. ¿El riesgo? Que cualquiera, incluido un extraño, podría acercarse y cerrarlo a los familiares cercanos”, mantienen desde Thanks for my life, una plataforma que proporciona una manera de hacer que se conozcan los deseos de todas las personas con respecto a sus asuntos una vez que haya pasado.

Para combatir esta situación, los reguladores apuestan por un enfoque es similar al de un testamento oficial: nombrar un heredero digital que se encargará de sus activos digitales cuando la persona haya fallecido. “Si bien no es legalmente vinculante, un testamento digital debe enumerar todos sus activos digitales, desde cuentas de correo electrónico hasta plataformas para compartir fotos, suscripciones a servicios de televisión como Netflix, Imagenio, etc., y si deben cerrarse, desactivarse o mantenerse de forma conmemorativa”, señala Estanis Simon.

Profundizando en el caso de España, nuestro país se rige por normativa europea: “Las plataformas de redes sociales te deben dar acceso a las cuentas si se demuestra el fallecimiento de una persona y si acreditas ser familiar de primer orden, pero el trámite es arduo. Sin embargo, a través de portales como Thanks for my life y de forma totalmente gratuita puedes ahorrar tiempo y gestiones. Además, una vez dentro, puedes ser tú mismo el que dejes por escrito qué hacer con cada perfil, así como publicar un post póstumo, recordatorios, anuncios sobre el acto de despedida o directamente ordenar el cierre, y en el caso de cuentas de pago o de privacidad como correos electrónicos, eliminarlos.

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Redacción TICPymes

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