Europa avanza en la implantación de la factura electrónica

La adopción de un estándar europeo de factura electrónica y la obligación de utilizarlo en las relaciones B2G potencian la implantación de la factura electrónica entre los países de la Unión Europea y los países no comunitarios.

Publicado el 04 Dic 2018

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La Unión Europea continúa con su impulso y masificación del uso de la factura electrónica en las contrataciones públicas, es decir, en la relación B2G. En este sentido, y de acuerdo con su hoja de ruta, a lo largo de 2018 se han marcado dos nuevos hitos: la creación de un estándar europeo – EN 16931- de factura electrónica y el establecimiento de la obligatoriedad de uso del formato común de factura electrónica en las relaciones entre empresas y administraciones públicas (B2G) a partir del próximo 18 de abril de 2019.

Ante esta iniciativa, poco novedosa en la Unión Europea, son muchos los países que han adaptado sus sistemas de facturación para introducir la factura electrónica B2G: Dinamarca, Suecia, Finlandia, Austria, Italia, Eslovenia, España, Croacia, República Checa, Lituania, Bélgica, Estonia, Francia, Países Bajos, Alemania, Polonia y Grecia.

Pero la factura electrónica no es sólo una iniciativa impulsada por la Unión Europea, sino que otros muchos países europeos también la están potenciando. Países como Noruega, Moldavia o Suiza han potenciado la masificación de la factura electrónica a través de la obligatoriedad de uso de la e-factura en las contrataciones públicas. De hecho, el éxito de la implantación de la factura electrónica en Europa está animando a algunos países, como Italia y España a ampliar la obligatoriedad del uso de la e-factura en las transacciones entre empresas, B2B.

En Europa, Dinamarca fue el primer país en obligar su uso B2G, en 2005, en 2008 lo hizo Suecia y Noruega en 2011. En 2014 se incorporaron Italia, Austria y Moldavia, España y Eslovenia en 2015. Suiza, Croacia y República Checa en 2016. Estonia, Lituania, Bélgica, Francia y Países Bajos en 2017. Alemania este año, 2018. Portugal y Polonia lo harán en 2019 y Grecia en 2020.

En España la autoridad responsable es la AEAT. La normativa se publicó en 2013 y la obligatoriedad – en facturas superiores a 5.000 euros- se inició en enero de 2015. El formato elegido fue Facturae y la Plataforma FACe. De acuerdo con la ley española, desde el 1 de julio de 2018, las empresas subcontratadas que trabajan para proveedores de las Administraciones Públicas también están obligadas a facturar electrónicamente a los contratistas cuando el importe de los trabajos o servicios supera los 5.000 euros.

Esta obligación esta´ recogida en la Ley 9/2017, del 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, del 26 de febrero de 2014.

Para ayudar a los subcontratistas en esta nueva obligación y facilitar el intercambio de las facturas electrónicas, la AEAT puso a disposición de los operadores económicos y particulares un Registro Electrónico Único, también conocido como FACeB2B.

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Redacción TICPymes

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