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Informes

El incumplimiento de la LOPD en Andalucía provoca multas de hasta 300.000 euros 28 de agosto 2009

El 75% de las sanciones en 2008 a pymes de la región fueron de carácter grave. En España se superaron las 1.100 denuncias.

El incumplimiento por parte de las pymes de Ley de Protección de Datos dio lugar al incremento de denuncias y sanciones en 2008. En concreto, según explica la Asociación Andaluza de Comercio Electrónico (ANDCE), durante el año pasado, se realizaron 1.100 denuncias, el 10,8% en Andalucía. De éstas, el 75% de las sanciones fueron de carácter grave, lo que conllevó a una multa económica de entre 60.000 y 300.000 euros.

El tratamiento de datos personales se hace especialmente acuciante con la creciente adopción de Internet, que entre las pymes andaluzas alcanza ya el 93,6%, según datos del INE. El presidente de ANDCE, Rodríguez López de Lemus, subraya que las empresas andaluzas han generalizado e integrado el uso de la red en su labor diaria, “desde el simple uso del correo electrónico, al uso de página web corportiva para a realizar contrataciones online, pasando por aquellas que ya utilizan la web 2.0 como canal bidireccional de comunicación con sus clientes, normalmente a través de blogs empresariales”.

A pesar de que el 82% de las pymes asegura estar concienciada con la necesidad de cumplir con la norma, la ANDCE sitúa entre un 10 y un 15% la tasa de cumplimiento de esta Ley Orgánica por parte de las pequeñas y medianas empresas.

Ante esta situación, el Asociación aconseja a estas empresas adoptar medidas técnicas y organizativas para el tratamiento de los datos personales que eviten la alteración, pérdida o uso no autorizado por terceros. “Es necesario adoptar las medidas de seguridad que marca la Ley Orgánica de Protección de Datos y su Reglamento de desarrollo, para el empleo de datos personales a través de Internet”, advierte el presidente de ANDCE.

Asimismo, recomienda contar con el consentimiento de los titulares de los datos e informarles del tratamiento de los mismos y, muy especialmente, en las comunicaciones comerciales a través de Internet. En este sentido, recuerda que para enviarlas hay que contar con el consentimiento previo del titular de los datos.

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