La responsabilidad del Administrador en los tiempos del Covid-19

Un artículo de opinón de Vanessa Herrero Sanz, abogada área Mercantil, AGM Abogados

Publicado el 06 Abr 2020

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El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 estableció una moratoria en el deber de presentar concurso de acreedores, de manera que las empresas en situación de insolvencia no tienen obligación de presentar concurso de acreedores mientras dure el estado de alarma. Asimismo, el administrador social no respondería de las deudas que se generen en este período.

Esta medida no debe verse sólo como un aplazamiento de lo inevitable, sino como un tiempo de preparación y de reorganización de los activos empresariales de cara a asegurar su mantenimiento temporal cuando el Estado de Alarma se levante.

Conviene estar informado de los diferentes paquetes de medidas económicas que el gobierno va aprobando con una sucesión de continuidad vertiginosa, de manera que pueda planificarse el corto y medio plazo de la vida empresarial, medidas que se concentran en el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19 y el Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19.

Una adecuada planificación empresarial es vital para la supervivencia en este momento de absoluta incertidumbre, adoptando las medidas necesarias con los instrumentos económicos que se han puesto a disposición de las empresas de tamaño pequeño o mediano, fundamentalmente, a través de las líneas de avales, líneas de crédito y líneas de cobertura aseguradora, así como a través de la posibilidad de demorar durante 6 meses en el pago de las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores de tu empresa.

Un adecuado asesoramiento, que implique a todos los aspectos de tu empresa afectados, el laboral, el económico, el contable y el mercantil se convierte en definitivamente necesario para evitar el arrollamiento de la situación provocada por la pandemia del Covid-19.

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Redacción TICPymes

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