Solo el 14% de las empresas madrileñas aplican recargos extras a las facturas impagadas

Las pérdidas por impago de las compañías madrileñas ascendieron al 1,9% de sus ingresos anuales

Publicado el 09 Mar 2020

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Tras nueve años de la puesta en marcha de la modificación de la Ley de lucha contra la morosidad, el 66% de las empresas madrileñas sigue aceptando plazos de pago más largos a los establecidos inicialmente, según Informe Europeo de Pagos, elaborado por Intrum, compañía experta en gestión y prevención de impagos.

Este hábito viene motivado, en muchos casos, por la falta de conocimiento de la directiva europeaantimorosidad, que fija un límite de pago de 60 días para empresas y 30 para las administraciones públicas.

Sin embargo, el desconocimiento normativo no afecta solo a los plazos de pago, también a la aplicación de los derechos que otorga. Según refleja este informe, las empresas de la Comunidad de Madrid registran unas pérdidas por impago del 1.9% de sus ingresos anuales y, aun así, solo el 14% de las encuestadas reconocen hacer uso, en algunas ocasiones, del derecho de aplicar intereses de demora a las facturas impagadas, un 5% menos que el promedio nacional (19%).

Al mismo nivel, se sitúan las organizaciones de Cataluña, mientras que las empresas valencianas (10%) y castellano leonesas (12%) cierran la tabla como las organizaciones que menos aplican este punto de la directiva, según el cual, los acreedores con facturas impagadas pueden reclamar 40 euros a su proveedor a modo de indemnización por la gestión del cobro de la deuda.

En el extremo opuesto se sitúan las empresas de Castilla-La-Mancha, donde 4 de cada 10 encuestadas reconocen aplicar esta medida; opción por la que también optan el 33% de las empresas andaluzas y el 30% de las vascas.

España, entre los países europeos en que menos empresas aplican intereses de demora a las facturas impagadas

Aunque son muchas las empresas españolas que dicen estar familiarizadas con la directiva europeaantimorosidad, concretamente un 40%, según el Informe Europeo de Pagos, solo el 5% incorpora siempre el recargo de 40 euros, y un 14% lo hace en algunas ocasiones.

La suma de ambas cifras implica que el 19% de las empresas españolas hace uso del derecho de aplicar intereses de demora a las facturas impagadas, un 15% menos que el promedio europeo (33%).

Esta cifra sitúa a España entre los 11 países europeos que menos uso hacen de este derecho recogido en la directiva europea antimorosidad.

A nivel europeo, España se encuentra casi al mismo nivel que Finlandia en lo que a utilización de recargos se refiere si se tienen en cuenta tanto a las empresas que siempre aplican el recargo, como a aquellas que lo hacen en algunas ocasiones. Así, España supera ligeramente a países nórdicos como Suecia o Noruega, donde tan solo el 15 y 14% de sus empresas aplica un recargo de 40 euros a las facturas impagadas.

Por contra, en nuestro país vecino, Portugal, 4 de cada 10 empresas aplican este interés, siguiendo el ejemplo de alemanes (44%), franceses (47%) o italianos (55%). Estos últimos, son los que más uso realizan de este punto de la directiva europea, solo por debajo de los suizos, con un 58% de empresas que aplican intereses de demora a las facturas pendientes.

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Redacción TICPymes

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